lunes, 23 de diciembre de 2013

Calendario y resumen breve de novedades LOMCE


La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), que el Congreso ha aprobado definitivamente, se puede resumir en los siguientes puntos. Esta ley modifica parcialmente la Ley Orgánica de Educación (LOE) de 2006:





CALENDARIO

La Lomce comenzará a implantarse para Primaria y Formación Profesional (FP) Básica en el curso 2014-2015, mientras que en la ESO será en los cursos 2015-16 y 2016-2017 para primero y tercero cursos y para segundo y cuarto, respectivamente.

La primera evaluación final de ESO será en 2017.

En Bachillerato, la Lomce comienza para el primer curso en 2015-2016, y para el segundo en 2016-2017. La primera evaluación final será también en 2017.

La selectividad, que se suprime, se mantiene para los alumnos que quieran acceder a la Universidad antes del curso 2017-18.

ASIGNATURAS Y CURSOS

- Las asignaturas de Primaria, ESO y Bachillerato se agrupan en: troncales (reguladas esencialmente por el Gobierno con una carga lectiva mínima del 50 % del horario total), las específicas y las de libre configuración autonómica (como Lengua cooficial, con tratamiento análogo al castellano), cuyos horarios y contenidos corresponderán a las comunidades. Los centros podrán complementar los tres bloques de materias y configurar su oferta formativa.

- Anticipo de elección de itinerarios en ESO. En tercero se puede optar entre Matemáticas de iniciación a enseñanzas académicas o aplicadas; en cuarto (15 años), elección entre enseñanzas orientadas al Bachillerato o a FP.

- En ESO, con carácter general, se podrá pasar de curso con dos suspensos como máximo, siempre que no sean simultáneamente Matemáticas y Lengua.

- El Bachillerato tendrá tres modalidades: Ciencias, Artes, y Humanidades y Ciencias Sociales. En este último se fijarán dos itinerarios, de forma que quienes elijan Humanidades estudiarán Latín y los otros Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales.
EVALUACIONES

- Pruebas nacionales comunes al final de sexto de Primaria, cuarto de ESO y segundo de Bachillerato, diseñadas por la administración central previa consulta a las comunidades. Es necesario superar las dos últimas para obtener los títulos correspondientes.

- Las administraciones educativas podrán establecer medidas de atención personalizada para aquellos alumnos que no superen la evaluación final de ESO.

- Al terminar tercero de Primaria, evaluación individualizada para la detección precoz de dificultades en el aprendizaje a cargo de las administraciones educativas.

- La realización de las pruebas corresponde a las administraciones y serán aplicadas y calificadas por profesorado del Sistema Educativo Español externo al centro, aunque no sea funcionario.

- Los resultados de los centros se publicarán en relación con los factores socioeconómicos y socioculturales del lugar donde estén ubicados.

- Las administraciones podrán establecer planes específicos de mejora en los centros públicos que no alcancen niveles adecuados.

FORMACIÓN PROFESIONAL

- Nueva FP básica de dos cursos obligatorios para alumnos de entre 15 y 17 años con dificultades de aprendizaje que hayan terminado tercero o, excepcionalmente, segundo de ESO. Servirá para obtener el título de la ESO y pasar a FP de grado medio.

En FP básica, las administraciones educativas determinarán en qué centros se implantarán los ciclos formativos.

CASTELLANO

- El castellano es lengua vehicular de la enseñanza en todo el Estado y las lenguas cooficiales lo son también en las respectivas comunidades de acuerdo con sus Estatutos y normativa aplicable.

- El Gobierno adelantará el pago de la escolarización privada de aquellos alumnos que no tengan garantizado el aprendizaje en castellano en los centros públicos o concertados de las comunidades con lengua cooficial, y se lo descontará a éstas de la financiación autonómica que les corresponda.

RELIGIÓN

- La asignatura de Religión, voluntaria, tendrá como alternativas obligatorias Valores Sociales y Cívicos (Primaria) y Valores Éticos (Secundaria), que también podrán escogerse como opcionales. Desaparece Educación para la Ciudadanía.

CENTROS

- Los miembros del equipo directivo del centro y los profesores serán considerados autoridad pública.

- El nombramiento de los directores, por cuatro años, se hará previa evaluación positiva de su trabajo, bajo criterios públicos y objetivos en los que se incluirán las evaluaciones individualizadas de los alumnos.

- Los directores de los centros públicos deberán acreditar cinco años de docencia y un curso específico de formación. Podrán fijar requisitos y méritos para los puestos docentes. Las comisiones de selección estarán formadas por representantes de la administración (más del 50 %) y del centro.

- El consejo escolar del centro tendrán funciones esencialmente consultivas.

- Los centros que diferencian por sexo no tendrán que "justificar de forma objetiva y razonada" ese modelo educativo para optar al concierto, y se permitirá que vuelvan a solicitarlo aquellos a los que se les denegó en 2013 por educar de forma separada.

- Las comunidades podrán convocar concursos públicos para la construcción y gestión de centros concertados sobre suelo público dotacional.

OTROS

- El Ministerio promoverá el préstamo gratuito de libros de texto y otros materiales para la educación básica en los centros sostenidos con fondos públicos.

- Las Administraciones promoverán la práctica diaria del deporte y el ejercicio físico de los alumnos durante la jornada escolar, y el diseño y supervisión de las medidas que los centros adopten para ello serán asumidas por profesorado cualificado.

- El Gobierno podrá regular y gestionar, dentro del ámbito del deporte de alto nivel y la regulación del deporte federado estatal, centros de titularidad estatal que impartan las enseñanzas deportivas de grado superior a distancia en toda España.

- En la oferta de educación a distancia se podrán establecer criterios específicos adicionales ante las situaciones personales y laborales de las personas adultas.

- Los alumnos con título o estudios equivalentes al Bachillerato de países extracomunitarios podrán acceder a las universidades españolas siempre que superen los procedimientos de admisión específicos que hubiere.

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